Por razones de seguridad, está prohibido transportar en los aviones objetos como tijeras, cuchillos y toda clase de elementos punzantes. Estos objetos deberán ser facturados en el equipaje, nunca llevarlos en los bultos de mano. Así mismo los pasajeros no podrán llevar ni consigo, ni como equipaje de mano, ni como equipaje facturado, artículos considerados por la normativa internacional como mercancías peligrosas, tales como:
- Explosivos, municiones, fuegos artificiales, bengalas, material para expediciones, maletines de seguridad con artículos pirotécnicos y material pirotécnico en general).
- Gases comprimidos, licuados, licuados refrigerados, o disueltos, ya sean inflamables, tóxicos, o no inflamables y no tóxicos, tales cómo: aerosoles, extintores, aparatos para respirar, botellas de oxigeno para bucear, líquidos criogénicos, botellas con gases refrigerantes y en general los cilindros.
- Líquidos y sólidos inflamables, tales cómo combustible, o equipos con combustible (material de camping, filmación, etc.), adhesivos, disolventes, pinturas, barnices, antorchas, cerillas, encendedores y en general sustancias inflamables bien por ser autoreactivas o de combustión
- Materiales oxidantes y peróxidos orgánicos, tales cómo generadores de oxigeno.
- Sustancias tóxicas o infecciosas, tales cómo dispositivos discapacitadores, muestras para diagnóstico, vacunas, insecticidas y herbicidas
- Material radioactivo, tales cómo productos farmacéuticos con isótopos radioactivos.
- Corrosivos, tales cómo ácidos, alcalinos, aparatos con mercurio, acumuladores eléctricos y aparatos accionados eléctricamente mediante baterías.
- Otros artículos peligrosos, tales cómo kits de primeros auxilios, material ferro-magnético, hielo seco, y baterías de coche.
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